
{"id":111,"date":"2007-01-18T21:09:00","date_gmt":"2007-01-18T20:09:00","guid":{"rendered":"http:\/\/alhama.com\/blog\/ausencias\/esquelas-en-la-prensa-provincial\/"},"modified":"2023-07-26T22:04:56","modified_gmt":"2023-07-26T20:04:56","slug":"esquelas-en-la-prensa-provincial","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/?page_id=111","title":{"rendered":"Cementerio"},"content":{"rendered":"<h2><span style=\"font-size: 24pt; color: #993366;\">Historia del cementerio \u201cNuevo\u201d de Jayena<\/span><\/h2>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/alhama.com\/digital\/images\/stories\/jayena\/cementerio_2022.jpg\" width=\"709\" height=\"709\" \/><\/p>\n<p>Seg\u00fan el expediente de reforma y ampliaci\u00f3n del cementerio municipal cat\u00f3lico civil de Jayena del a\u00f1o 1959, los primeros enterramientos en el cementerio hoy en uso datan de 1898.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><em>\u00a0Jes\u00fas P\u00e9rez Peregrina<\/em> | JAYENA\u00a0<\/span><\/p>\n<p>El actual cementerio de Jayena comenz\u00f3 a ser usado como lugar de entierro en la poblaci\u00f3n a finales de la \u00faltima d\u00e9cada del siglo XIX, m\u00e1s concretamente los primeros enterramientos se produjeron en el a\u00f1o 1898, Seg\u00fan el expediente para la reforma y ampliaci\u00f3n del cementerio municipal cat\u00f3lico civil de Jayena del a\u00f1o 1959. En este a\u00f1o se inicia por parte del ayuntamiento de la villa el proceso de ampliaci\u00f3n del camposanto, as\u00ed como las labores para adecentarlo, ya que su estado en esa \u00e9poca era seg\u00fan dicho informe m\u00e1s bien lamentable. Adem\u00e1s, seg\u00fan el estudio llevado a cabo el n\u00famero de habitantes con el que contaba en 1958 la Villa de Jayena que era de 2017 habitantes de hecho, y 2103 de derecho, hac\u00eda prever que la ampliaci\u00f3n, se hac\u00eda necesaria para asegurar en el futuro la existencia de suficiente recinto para los enterramientos. Seg\u00fan el citado estudio los fallecimientos producidos en los 20 a\u00f1os anteriores hac\u00edan a todas luces las instalaciones existentes en ese momento insuficientes.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEhnxNsovJH057hQS9K4Arj3NCs6JXWIx9IslAa7I3pd6O-R_KiZzm2UvycoV64cAq-LVJnNbD0nYvxGi6ckQT3q9GBwuTEQj17HDHWBqeX2VZ7xTjurqOUCtLaws1x2rnSdFJ9SA20f8TKKSAfqvr8eyQjUoESbNJb9Ju8lQ53IpsgXOAOS8X0vBL-XPA\/s16000\/imagen_005.jpg\" width=\"709\" height=\"532\" \/><\/p>\n<p>L\u00e1pidas m\u00e1s antiguas actualmente en el cementerio de Jayena<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEjMNG3vKoQUd15FqinI-i04QzJeFV72ohRpukJP4DRYpNFsnNN1Jaqf7hmfIGS8iR71qpkP_zZGmpnn2FZtf9HDM2Kr7Z8awGu9vKCLLEVHzG1IMiTn-Rz0ds6ssnP400Brxwj-zy4GtCb-ZMGcC_c7wRV3WUmIR7nGNinPJ_cuhzzU6laNiUy5Z5Q5mw\/s16000\/imagen_006.jpg\" width=\"709\" height=\"532\" \/><\/p>\n<p>La l\u00e1pida m\u00e1s antigua que se conserva a d\u00eda de hoy en este cementerio data de 1903. Est\u00e1 a nombre Antonio P\u00e9rez Peregrina, secretario que fuera del Ayuntamiento de Jayena. Aunque seg\u00fan el citado expediente los primeros enterramientos en el actual cementerio se iniciaran en 1898, es muy posible que se produjeran enterramientos a partir de finales de 1897, como apunta Jes\u00fas de Castro Mart\u00ednez, en su art\u00edculo \u201cEl cementerio viejo de Jayena\u201d (<strong>se puede ver abajo, a continuaci\u00f3n de este<\/strong>), como pudo ser el del alcalde Francisco de Paula Castro y Rold\u00e1n, administrador local del marquesado de Campot\u00e9jar en aquellos a\u00f1os cuya necrol\u00f3gica se public\u00f3 el 1 de diciembre de 1897. Aunque no existen evidencias, de lapidas anteriores a 1903, es muy posible que si las hubiera antes de la reforma que se realiz\u00f3 a partir de 1959. Hay que decir que un gran n\u00famero de restos del cementerio viejo no fueron exhumados hasta los a\u00f1os noventa del siglo pasado, cuando sobre el antiguo cementerio, ubicado en terrenos propiedad de la Iglesia Cat\u00f3lica se construy\u00f3 el edificio multiusos del presente Hogar del Pensionista, que hoy tambi\u00e9n alberga el Consultorio M\u00e9dico de Jayena. Aunque una gran parte de los restos a\u00fan siguen descansando bajo los cimientos de este edificio, y aleda\u00f1os. Muchos de los vecinos m\u00e1s ancianos a\u00fan recuerdan el antiguo recinto del cementerio viejo, abandonado y asolado all\u00e1 por los a\u00f1os 60 y 70 del siglo pasado.<\/p>\n<figure class=\"image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEifzYChHmXZ-RaWkgUX7iDQfdI7j9sb9IGVSDEMKZNyMUYv4FuaDe1fxe0WGe982dMwFqBAiq_GeEBFy8bLgkQ9h9jEeSetYzL6v5vM6JWsHfapefWf39WX84nJAI1R3PVpZYa8BYb12G_U7AC0wTiJUEqzH6Hz2M4W4vm_TJjO8Be9kGffGfxw5Ipdgg\/s16000\/imagen_003.jpg\" width=\"709\" height=\"1080\" \/><figcaption>Mapa del a\u00f1o 1912 de Jayena, donde aparece la ubicaci\u00f3n del Cementerio<\/figcaption><\/figure>\n<p>La ampliaci\u00f3n del Cementerio Municipal cat\u00f3lico civil se realiz\u00f3 en una extensi\u00f3n de unos dos mil metros aproximadamente en terrenos comprados a dos fincas colindantes al mismo, propiedad una de Jos\u00e9 Cano Quintero y otra de Sebasti\u00e1n Navas Moles. La ampliaci\u00f3n pretendida preve\u00eda una capacidad suficiente para que no fuera necesaria la remoci\u00f3n de restos por un espacio de m\u00e1s de veinte a\u00f1os. El proyecto de reforma y ampliaci\u00f3n del Cementerio de Jayena fechado entre febrero y diciembre de 1959, fue llevado a cabo por el arquitecto Ambrosio del Valle Saenz. La ampliaci\u00f3n prevista fue de 264 fosas y 75 nichos con un presupuesto final de 395.568,75 pesetas. Tras un sinuoso trasiego por falta de fondos para la realizaci\u00f3n de la obra, finalmente se llev\u00f3 a cabo entre los a\u00f1os 1965 y 1966. Dejamos transcritos algunos de los documentos como la moci\u00f3n del ayuntamiento de 1959, entre otros, para dejar constancia de los datos.<\/p>\n<p><strong>La moci\u00f3n del 12 de abril de 1959 presentada por el teniente de alcalde<\/strong><\/p>\n<p><strong>MOCI\u00d3N<\/strong>: La legislaci\u00f3n actual impone a los Municipios la obligaci\u00f3n de disponer de cementerios cat\u00f3licos adecuados de capacidad a su poblaci\u00f3n. As\u00ed se desprende (as\u00ed se desprende) por citar solo las disposiciones mas \u2013 modernas , de los art\u00edculos 203 del Estatuto Municipal de 8 de Marzo de 1.924; 39 y 75 del Reglamento de Sanidad Municipal de 9 de Febrero de 1.925; art\u00edculo 110 de la Ley Municipal de 1.935; base 33 de la Ley de 25 de Noviembre de 1.944; y por \u00faltimo el art\u00edculo 102 de la Ley de R\u00e9gimen Local de 16 de Diciembre de 1950 establece: en su apartado e ),la prestaci\u00f3n del servicio de cementerio como obligaci\u00f3n m\u00ednima municipal. Tambi\u00e9n es preceptivo disponer de cementerio civil independiente del eclesi\u00e1stico.<\/p>\n<p>El cementerio existente en este t\u00e9rmino municipal por ser muy antiguo, pues se viene enterrando desde el &#8211; a\u00f1o de 1.898, es a todas luces insuficiente, y adem\u00e1s &#8211; por su estado ruinoso causa de las devastaciones durante la dominaci\u00f3n marxista, ser\u00eda muy necesario su ampliaci\u00f3n, en extensi\u00f3n por igual \u00f3 mayor de la existente, y por ello estima el informante que el indicado, no re\u00fane las condiciones legales de decoro, y salubridad que su propio destino reclama.<\/p>\n<p>Todo ello viene siendo, desde tiempo ha, motivo de comentario p\u00fablico, son muchos los corrillos que se escucha que la capacidad es insuficiente y proceder\u00eda su ampliaci\u00f3n, pues el vecindario as\u00ed lo reconoce, y &#8211; expresa sus deseos de que por el Ayuntamiento se proceda a efectuar urgente la expresada mejora, y adaptarlo a las normas reglamentarias en vigor, as\u00ed como un recinto igualmente tapiada y unido a aquel, pero con puerta independiente destinado a las personas privadas de sepultura eclesi\u00e1stica seg\u00fan en canon 1200 y concordantes del Derecho Can\u00f3nigo.<\/p>\n<p>El alcalde que suscribe, en su vista es de parecer que la Corporaci\u00f3n Municipal debe ocuparse del caso y propone se adopte, en principio, el acuerdo pertinente para iniciar el oportuno expediente con la tramitaci\u00f3n que la legislaci\u00f3n vigente establece.<\/p>\n<p>El Ayuntamiento de mi presidencia acodar\u00e1, no obstante, lo que crea m\u00e1s procedente.<br \/>\nJayena 12 de abril de 1.959.<\/p>\n<p><em><strong>El Teniente -Alcalde<\/strong><\/em><\/p>\n<hr \/>\n<figure class=\"image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEiWR3pvGp0FUbF9W3C_Z6AAR52UNGQGkz2fkkdjmvP07bEyOXfiBH7t2TKbky9vN5fU4RLdjAPy_T6Uw8INEBj_pwQEuSJwLyIQ7ghU0n8VpV4GYFMR_CPu_ZnUmv9OCDrjuvYlmVpeB0aN8xUMAubeTbuqIhH5FvQzT_b7pjr779vqThB9n9285Fzn2Q\/s16000\/imagen_002.jpg\" width=\"709\" height=\"583\" \/><figcaption>Vuelo ortofotografia a\u00f1o 1979 donde se puede apreciar el cementerio viejo, antes de que los terrenos sirvieran de solar para el edificio del Hogar del Pensionista<\/figcaption><\/figure>\n<p><strong>Decreto de alcald\u00eda de 16 de abril de 1959<\/strong><\/p>\n<p><strong>DECRETO<\/strong>:<br \/>\nPRIMERO: fue le\u00edda por m\u00ed, el Secretario, previa orden, la moci\u00f3n de la Alcald\u00eda-Presidencia de fecha doce de Abrid del corriente a\u00f1o, en la que plantea la necesidad de ampliar el Cementerio Municipal cat\u00f3lico-civil, en atenci\u00f3n a que el existente actualmente, muy antiguo es ya insuficiente y adem\u00e1s por su estado ruinoso causa de las devastaciones durante la dominaci\u00f3n marxista, ser\u00eda muy necesario su ampliaci\u00f3n en extensi\u00f3n por igual \u00f3 mayor de la existente, y por ello no re\u00fane las condiciones legales de decoro y salubridad que su propio destino reclama. Seguidamente y a requerimiento de la propia Presidencia d\u00ed as\u00ed mismo lectura a las disposiciones por las que se rige la materia de que se trata, entre ellas la base 33 de la Ley de 25 Noviembre de 1.944; articulo 24, apartado g), del Reglamento de Sanidad Municipal, de 9 de Febrero de 1.925, y articulo 102 apartado e) de la Ley d de R\u00e9gimen Local de 16 Diciembre de 1.950, que se\u00f1ala &#8211; como obligaci\u00f3n municipal la construcci\u00f3n y conservaci\u00f3n de cementerios; el art\u00edculo 203 del Estatuto Municipal de 8 de Marzo de 1.924; RR 00 de 5 de Noviembre de 1-925;18 de Enero de 1-926; y 1o de Mayo de 1929, provisionalmente te en vigor seg\u00fan la und\u00e9cima disposici\u00f3n transitoria de la repetida Ley, d-e R\u00e9gimen Local, hasta que se promulgue la reglamentaci\u00f3n de la Sanidad Municipal para la &#8211; aplicaci\u00f3n de esta Ley, los cuales preceptos determinan las condiciones que han de reunir los lugares y los terrenos de emplazamiento y de distancia m\u00ednima a la poblaci\u00f3n. Abierta discusi\u00f3n sobre el particular, los se\u00f1ores del Ayuntamiento coincidieron todos en reconocer la certeza de las manifestaciones contenidas en la moci\u00f3n de la Alcald\u00eda -Presidencia, y deliberaron acerca de la extensi\u00f3n para ampliar el referido cementerio. Despu\u00e9s de un breve y amistoso cambio de impresiones por unanimidad de todos los asistentes se acuerda PRIMERO, Hacer suya la propuesta contenida en la moci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha doce de abril del presente a\u00f1o.<\/p>\n<p>SEGUNDO: Elegir en principio como lugar de ampliaci\u00f3n del Cementerio Municipal cat\u00f3lico civil una extensi\u00f3n de unos dos mil metros aproximadamente a reserva de lo que resulte de los subsiguientes informes t\u00e9cnicos entre las dos fincas colindantes al mismo de la propiedad de D. Jos\u00e9 Cano Quintero y Don Sebasti\u00e1n Navas Moles, situadas en la partida \u00abCEMENTERIO-PUENTE VERDE\u00bb de &#8211; este t\u00e9rmino municipal.<\/p>\n<p>TERCERO: Que se oiga al Sr Cura P\u00e1rroco, a cuyo efecto se le comunicar\u00e1 este acuerdo. CUARTO: Que se reclame del Registro civil, certificado expresivo del n\u00famero de defunciones ocurridas en los \u00faltimos veinte a\u00f1os. QUINTO: Que se libre y una al expediente certificado de los habitantes del t\u00e9rmino seg\u00fan este \u00faltimo censo. SEXTO que se interese informe de dos M\u00e9dicos, \u00f3 sea del Inspector Municipal de Sanidad de este y del Sr. Inspector Municipal de Sanidad del vecino pueblo de Arenas del Rey. SEPTIMO. Que se reclame as\u00ed mismo el preceptivo Informe del Consejo Municipal de sanidad y OCTAVO: Que cumplimentado y justificado en el expediente todo lo acordado se d\u00e9 cuenta nuevamente al Ayuntamiento para la resoluci\u00f3n que proceda.<\/p>\n<p>Y para que conste, libro la presente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde en la villa de Jayena a diecisiete de abril de mil novecientos cincuenta y nueve.<\/p>\n<p>DECRETO, C\u00famplase lo acordado por el Ayuntamiento, y al efecto comun\u00edquese el acuerdo al Sr Cura P\u00e1rroco. Recl\u00e1mese del Registro Civil, certificaci\u00f3n del n\u00famero de defunciones ocurridas en el \u00faltimo decenio. L\u00edbrese certificaci\u00f3n del n\u00famero de habitantes con arreglo al \u00faltimo censo. Inter\u00e9sese informe del Inspector municipal de Sanidad y del de igual clase de Arenas del Rey, por ser este partido de un solo Inspector y dese cuanta igualmente del acuerdo al Consejo Municipal de Sanidad para que emita tambi\u00e9n el preceptivo informe.<br \/>\nJayena 16 de abril de 1.959<\/p>\n<p><em><strong>El Alcalde<\/strong><\/em><\/p>\n<hr \/>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEgn-OmpqpCR3rEhWTeGO_LL12SnwM-_YuSYbgRI1OnKgG9ZRY7b7qLITrXlD2LCifMxxYlCn12lf7t_vQqZ3VoMGf8tlzUZ8-b1CerOOzD-wTb8IWJdzq5pkioI7SCQBjxyzufoFb-Z9pyM9ksbnt09rVoa6u2lQd1YjRBQz8NtkdPFWHGnHTRAp9w9dA\/s16000\/imagen_007.jpg\" width=\"709\" height=\"369\" \/><\/p>\n<p>El Inspector Municipal de Sanidad de la Villa de Jayena &#8211; que suscribe en cumplimiento de lo interesado por V.S. en su atenta comunicaci\u00f3n n\u00famero 30 de 16 de abril del a\u00f1o actual, acerca de que por el que suscribe se informe sobre las condiciones higi\u00e9nicas que re\u00fane el lugar elegido en principio por esa Corporaci\u00f3n de su digna Presidencia situado en el punto denominado \u00abPUENTE VERDE-CEMENTERIO\u00bb para la ampliaci\u00f3n y reforma del actual Cementerio Municipal, tiene el honor de manifestar:<\/p>\n<p>Que verificado un detenido estudio del terreno resulta:<\/p>\n<p>\u00b7 El lugar donde se intenta ampliar el mencionado Cementerio est\u00e1 situado al este del poblado y dista m\u00e1s de &#8212; 650 metros de la \u00faltima casa del mismo.<\/p>\n<p>Se ha probado por las calas practicadas en diferentes puntos, que el terreno es arenoso en su mayor parte, hasta una profundidad mayor de dos metros, y f\u00e1cilmente desaparece el agua por filtraci\u00f3n del terreno.<\/p>\n<p>La extensi\u00f3n que superficialmente ha de ocuparse de dicho terreno es aproximadamente sobre unos dos mil metros entre ambos lados y fondo.<br \/>\nNo discurren aguas por los alrededores ni en la parte actual del mismo, ni en la nueva que se piensa construir, se halla situado en una ladera, m\u00e1s alta por la parte Norte discurriendo hacia el Mediod\u00eda formando una solana, se halla emplazado en situaci\u00f3n y direcci\u00f3n contraria de los vientos.<\/p>\n<p>DE TODO LO EXPUESTO SE DEDUCE:<\/p>\n<p>19-) Que la distancia que media entre el sitio que ha de destinarse a la ampliaci\u00f3n del Cementerio y la poblaci\u00f3n es superior a la m\u00ednima exigida por el art\u00edculo 203 del Estatuto Municipal, de 8 de marzo de 1.924.<\/p>\n<p>22-) Que por la naturaleza del terreno et lugar indicado se halla muy a prop\u00f3sito para facilitar la r\u00e1pida descomposici\u00f3n de los cad\u00e1veres.<\/p>\n<p>39 -) La extensi\u00f3n superficial del predio de referencia con la ampliaci\u00f3n estudiada le dar\u00e1 capacidad suficiente para que no sea necesaria la remoci\u00f3n de restos por un espacio de m\u00e1s de veinte a\u00f1os, calculo que se verifica por deducci\u00f3n teniendo en cuenta la cifra de defunciones habidas durante el \u00faltimo tiempo seg\u00fan la certificaci\u00f3n del Registro civil.<\/p>\n<p>RESUMIENDO: El sitio destinado a su ampliaci\u00f3n re\u00fane todas las condiciones favorables que exije la higiene y de acuerdo con los preceptos vigentes propios de la materia de referencia.<\/p>\n<p>Dios guarde a VS muchos a\u00f1os. Jayena 24 de abril de 1.959.<\/p>\n<p><em><strong>El inspector municipal<\/strong><\/em>.<\/p>\n<hr \/>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEi3pFdcsXU1ILRxXEnmcKFu78i-8xWga1Ap6EF9_eVegXZALOryiUU5JMrgzYaXEl5-M63XW7D--CU6FfxKeOgJVNRss84VOyJVOQcYOPbQR4mQUK4cZIdUtK8rH34P3rVrJiYNslHXtOOd0Z4CusCgKyX0R3etwPzwlBPQssJ7EV33A6Ejg4adppQ3iQ\/s16000\/imagen_008.jpg\" width=\"709\" height=\"299\" \/><\/p>\n<p>El Inspector Municipal de Sanidad de Arenas del Rey que suscribe en cumplimiento de lo interesado por V.S. en su atenta comunicaci\u00f3n n\u00famero 30 de 16 de Abril del a\u00f1o en curso acerca de que por Inspecci\u00f3n se informa sobre las condiciones higi\u00e9nicas que re\u00fane el lugar elegido en principio por la Corporaci\u00f3n de su digna presidencia, situado en el punto denominado \u00abPUENTE VERDE-CEMENTERIO, para la ampliaci\u00f3n y reforma del actual Cementerio Municipal, tiene el honor de manifestar:<\/p>\n<p>Que verificado un detenido estudio del terreno resulta:<\/p>\n<p>El lugar donde se intenta ampliar el mencionado Cementerio est\u00e1 situado al Este del poblado y dista 680 metros de la \u00faltima casa.<\/p>\n<p>Se ha comprobado, por las calas practicadas en diferentes puntos, que el terreno es arenoso el su mayor parte, hasta una profundidad de m\u00e1s de dos metros, desapareciendo por tal motivo f\u00e1cilmente el agua por filtraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La extensi\u00f3n superficial del terreno que ha de ocupar se aproximadamente entre ambos lados y fondo es de unos dos mil metros.<\/p>\n<p>No discurren aguas por los alrededores ni en la parte actual, ni en la nueva, que se piensa edificar, estando situado en una ladera en direcci\u00f3n contraria a los vientos. Forma lo que se llama solana y esta discurre con direcci\u00f3n a mediod\u00eda \u00f3 sur, levantada la configuraci\u00f3n del terreno por la parte norte.<\/p>\n<p><strong>DE TODO LO EXPUESTO SE INFIERE<\/strong><br \/>\n12-) Que la distancia que media entre el sitio que ha de destinarse a la ampliaci\u00f3n del Cementerio y la poblaci\u00f3n es superior a la m\u00ednima exigida por el art\u00edculo 203 del Estatuto Municipal, de 8 de marzo de 1924.<\/p>\n<p>29-) Que por la naturaleza del terreno del lugar resulta ser este muy indicado para facilitar la r\u00e1pida descomposici\u00f3n de los cad\u00e1veres.<\/p>\n<p>30-) La extensi\u00f3n superficial del predio de referencia con la ampliaci\u00f3n estudiada le dar\u00e1 capacidad suficiente para que no sea necesaria la remoci\u00f3n de restos por un espacio de m\u00e1s de veinte a\u00f1os, calculo que se verifica por deducci\u00f3n teniendo en cuenta la cifra de funciones habidas durante el \u00faltimo tiempo seg\u00fan la &#8211; certificaci\u00f3n del Registro civil.<\/p>\n<p>RESUMIENDO: El sitio destinado a su ampliaci\u00f3n re\u00fane todas las condiciones favorables que exige la &#8211; higiene y de acuerdo con los preceptos vigentes inherentes a la materia.<\/p>\n<p>Dios guarde a VS muchos a\u00f1os. Arenas del Rey a 28 abril de 1.959<\/p>\n<p><em><strong>El Inspector municipal<\/strong><\/em>.<\/p>\n<figure class=\"image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEhfHid-gOYHBHPucsksdtWBl6iZo0HjnvZzHHOjSWakdOTczMnaF8IhJF5U9_wZrR11uAr-Un6df-KC2OAYLkzvzR9G-Nju9NfTeieQDB5XcOgLg0goGzSv9xldiAByk3MmiW2dFiF1Jal6Huil53DVmJ9WkL4VBmnD389KiW-O7tSZ_gg-mrpmMPwLNQ\/s16000\/imagen_004.jpg\" width=\"709\" height=\"842\" \/><figcaption>Documento del Juez de Paz de Jayena de 1959, donde se certifican las defunciones de los 20 \u00faltimos a\u00f1os de 1939 a 1958<\/figcaption><\/figure>\n<figure class=\"image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogger.googleusercontent.com\/img\/b\/R29vZ2xl\/AVvXsEhHW5w_CfH3f9OSz-OJEEnRMmGInPzo8yOhG2Xlf742503t4YB-verC7KJc6qs8ezS6C2jXfwuBOmS0WSn7PAIHi7oOP2X3iKmUpyy4DfCa-EX4A6gRQumZ7m7rm73ugRjIk76fW-bHcI8to23fUGN_clJp0l1IdEECt0khDgAvyR5Q-W4bSNNNAOzQ2Q\/s16000\/imagen_001.jpg\" width=\"709\" height=\"493\" \/><figcaption>Entrada actual al Cementerio Municipal<\/figcaption><\/figure>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><span style=\"color: #993366; font-size: 24pt;\">El cementerio viejo de Jayena<\/span><\/h2>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"caption\" title=\"Lugar en el que se encontraba, seg\u00fan ciertos relatos, la l\u00e1pida de Francisco de Paula Castro\" src=\"https:\/\/www.alhama.com\/digital\/images\/stories\/jayena\/historia_cementerio_01.jpg\" alt=\"\" width=\"510\" height=\"340\" \/><\/p>\n<p>Era uso extendido por todo el pa\u00eds, all\u00e1 por el siglo XVIII y los antecedentes, que los cad\u00e1veres se inhumaran dentro de las iglesias o en cementerios aleda\u00f1os a estas, encontr\u00e1ndose muchos templos de Espa\u00f1a convertidos literalmente en osarios ante la falta de espacio para nuevos enterramientos.<\/p>\n<p><em><span style=\"color: #993366;\">Jes\u00fas Castro Mart\u00ednez<\/span><\/em><\/p>\n<p>Este uso insalubre har\u00eda que el rey Carlos III dispusiese en 1784 que no se inhumaran los cad\u00e1veres en las iglesias, decretando tres a\u00f1os despu\u00e9s que se crearan cementerios fuera de las poblaciones, en sitios ventilados e inmediatos a las parroquias y distantes de las viviendas. Por falta de fondos en los presupuestos parroquiales y ante la negativa de los fieles estas medidas no se llegar\u00edan a ejecutar de manera generalizada hasta la primera mitad del siglo XIX, como pas\u00f3 en Jayena, que a principios del mencionado siglo todav\u00eda se sepultaban difuntos en el pante\u00f3n de la iglesia, si bien \u00fanicamente este privilegio estar\u00eda al alcance de los m\u00e1s pudientes, debi\u00e9ndose inhumar a los pobres en una cripta subterr\u00e1nea o en un cementerio anexo a la iglesia, estando, probablemente, el solar que se encuentra en su parte trasera destinado a dicho uso. El pante\u00f3n de la iglesia debi\u00f3 de tener varios trances o hileras de nichos como demuestran algunas partidas de entierro que se han conservado en diversos expedientes matrimoniales, variando su precio seg\u00fan la cercan\u00eda al altar:<\/p>\n<p><strong><em><span style=\"color: #993300;\">En el Panteon, dela Yglesia Parroquial dela villa de Jayena Dia Doze del mes de Noviembre, a\u00f1o mil ochocientos, y uno; En sepultura dela fabrica, primero tranze, fue sepultado, con Abito de maria SSma. del Carmen, el cuerpo, Defunto, de mariana Garzia, veza. de dha. villa, mujer, que fue de Sebastian Perez; otorgo su testamento [\u2026]<\/span><\/em><\/strong><\/p>\n<p>El cementerio de Jayena se debi\u00f3 de construir en las primeras d\u00e9cadas del siglo XIX, enclav\u00e1ndose extramuros de la poblaci\u00f3n, eligi\u00e9ndose un sitio elevado, relativamente, en la haza de las Eras, y sin filtraci\u00f3n de aguas como se recomend\u00f3 a partir de 1804. La cercan\u00eda del emplazamiento elegido con respecto al n\u00facleo de poblaci\u00f3n provocar\u00eda que en pocas d\u00e9cadas el crecimiento urbano llegara hasta el cementerio, el pueblo se extender\u00eda en direcci\u00f3n oeste, cre\u00e1ndose la calle Nueva, la cual se conocer\u00eda posteriormente como San Ignacio y la calle Carril, aunque posiblemente se pudiese crear alguna otra v\u00eda; el cementerio terminar\u00eda lindando principalmente con corrales, aunque tambi\u00e9n con viviendas. Ocup\u00f3 una extensi\u00f3n de 4 celemines de terreno, 2.150,4 metros cuadrados, espacio seguramente insuficiente pues en 1879 el cementerio ya mostraba un mal estado..<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.alhama.com\/digital\/images\/stories\/jayena\/historia_cementerio_02.jpg\" alt=\"\" width=\"510\" height=\"302\" \/><br \/>\n<span style=\"color: #993300;\">Lugar donde estaba emplazado el antiguo cementerio<\/span><\/p>\n<p>El terremoto de 1884 terminar\u00eda agravando la situaci\u00f3n, llegando a destruir todos sus muros, motivo este, junto con el del mermado espacio, por el cual se agilizar\u00eda la construcci\u00f3n de un nuevo camposanto. Los \u00faltimos enterramientos se producir\u00edan en una fecha posterior a 1885, construy\u00e9ndose el cementerio con que cuenta Jayena en la actualidad. Por testimonios orales solo conocemos enterramientos en el cementerio nuevo a partir de 1897, por lo que , fehacientemente, el popularmente conocido como cementerio viejo se dejar\u00eda de usar en un periodo que abarcar\u00eda entre 1885 y 1897. El recinto del antiguo cementerio perdurar\u00eda hasta una fecha anterior a la Guerra Civil traslad\u00e1ndose la mayor parte de los restos \u00f3seos al cementerio nuevo.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.alhama.com\/digital\/images\/stories\/jayena\/historia_cementerio_03.jpg\" alt=\"\" width=\"510\" height=\"360\" \/><br \/>\n<span style=\"color: #993300;\">L\u00e1pida de Antonio P\u00e9rez Peregrina<\/span><\/p>\n<p>La l\u00e1pida m\u00e1s antigua que se conserva en el actual cementerio data de 1903, es concretamente la de Antonio P\u00e9rez Peregrina, Secretario que fuera del Ayuntamiento de Jayena. Por relatos orales sabemos que en 1897 fue enterrado en este mismo cementerio Francisco de Paula Castro y Rold\u00e1n, en aquel momento alcalde y administrador local de la marquesa de Campot\u00e9jar, contando su sepultura con una l\u00e1pida de piedra negra hoy desaparecida y cuyo emplazamiento estaba cerca de la entrada, entrando a mano izquierda, al igual que ocurre con el mencionado Antonio P\u00e9rez. Con fecha anterior a 1897 seguramente habr\u00eda m\u00e1s enterramientos aunque por el momento nos es desconocido. Por desgracia, a diferencia de otros cementerios municipales, el de Jayena no cuenta con la fecha de creaci\u00f3n en su fachada, lo cual nos ha privado conocer cuando se erigi\u00f3 y hasta que fecha exacta se estuvo utilizando el antiguo.<\/p>\n<p>Por: Jes\u00fas de Castro Mart\u00ednez.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter\" src=\"http:\/\/ausencias.es\/img\/rosa_60x60.png\" width=\"60\" height=\"60\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Historia del cementerio \u201cNuevo\u201d de Jayena Seg\u00fan el expediente de reforma y ampliaci\u00f3n del cementerio municipal cat\u00f3lico civil de Jayena del a\u00f1o 1959, los primeros enterramientos en el cementerio hoy en uso datan de 1898. \u00a0Jes\u00fas P\u00e9rez Peregrina | JAYENA\u00a0 El actual cementerio de Jayena comenz\u00f3 a ser usado como lugar de entierro en laSeguir leyendo &rarr;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-111","page","type-page","status-publish","hentry","no-thumb"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/111","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=111"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/111\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":959,"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/111\/revisions\/959"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ausencias.es\/jayena\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=111"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}